Cancún, 23 de enero (Infoqroo).- El gobierno de México a través del Instituto Nacional de Migración dio a conocer las causas por las que no se le permitió ingresar al país a un sujeto de origen colombiano en el aeropuerto internacional de Cancún. De acuerdo con la Tarjeta informativa 013/24, la persona de nacionalidad colombiana,
Cancún, 23 de enero (Infoqroo).- El gobierno de México a través del Instituto Nacional de Migración dio a conocer las causas por las que no se le permitió ingresar al país a un sujeto de origen colombiano en el aeropuerto internacional de Cancún.
De acuerdo con la Tarjeta informativa 013/24, la persona de nacionalidad colombiana, identificada como Stevan “N”, que fue inadmitido en el Aeropuerto Internacional de Cancún, Terminal II, a las 04:01 horas del pasado jueves 18 de enero en un vuelo procedente de Colombia.
El Instituto Nacional de Migración (INM) informa que esta persona no cumplió con los requisitos de internación de la Ley de Migración y su Reglamento por no comprobar lugar de residencia u hospedaje, que al preguntarle sobre el lugar al que llegaría, la persona indicó tener una reserva en un hotel, sin embargo, al verificar los Agentes Migratorios comprobaron que no existía.
Tampoco pudo comprobar el transporte que utilizaría para salir del país ni mostró su boleto de avión de regreso.
Además de no comprobar medios de subsistencia durante su estancia en territorio nacional.
Asimismo, la persona extranjera cambió las versiones de sus declaraciones y mostró inconsistencias en preguntas que se le formularon, por lo cual, la autoridad migratoria resolvió negar su ingreso al país.
En la información que se proporcionó, se reiteró que durante su estancia en la oficina del INM en el Aeropuerto Internacional de Cancún, se le proporcionó su derecho a tener comunicación telefónica con familiares, amistades y consulado, efectuándose la notificación a su representación diplomática.
De igual manera, se puntualizó que el viernes 19 de enero, el extranjero presentó un juicio de amparo por incomunicación, deportación y expulsión; por lo que ante dicho recurso legal, el INM está imposibilitado para realizar el regreso aéreo a través de la aerolínea en la que llegó a Cancún, hasta en tanto el juzgador no resuelva en definitiva.